viernes, abril 18, 2025

Ley 5272 en Guatemala: Cómo afectaba a los LGBT+

El Congreso de Guatemala aprobó el 8 de marzo de 2022, Día Internacional de la Mujer, la ley 5272, una legislación antiaborto y antiderechos LGBT+ que habría afectado la educación sexual y el matrimonio igualitario. Sin embargo, luego de que el presidente Alejandro Giammattei dijo que la iniciativa viola la Constitución, el Congreso decidió archivarla.

La ley 5272, aprobada por el Congreso de Guatemala, criminalizaba el aborto, prohibía expresamente el matrimonio igualitario, impedía la enseñanza de educación sexual en escuelas públicas y autorizaba la emisión de discursos de odio contra la comunidad LGBT+.

La misógina y homofóbica ley se aprobó con 101 votos a favor, en su mayoría de los integrantes de Vamos, el partido del presidente, Alejandro Giammattei. En contra solo votaron 8 legisladores, mientras que 51 se ausentaron de la discusión. Sin embargo, tras las fuertes críticas hacia el Congreso Guatemalteco, la ley será archivada, siendo, por ahora, solo un alarmante testimonio de lo peligrosas que pueden ser las legislaciones misóginas y LGBTfóbicas.

Alejandro Giammattei veta ley 52722

Tras su aprobación por parte del Congreso de Guatemala, la ley 5272 pasó a denominarse Decreto 18-2022. Sin embargo, para la entrada en vigor del decreto todavía faltaba que la promulgara el presidente, Alejandro Giammattei.

El 10 de marzo de 2022, Giammattei se pronunció sobre el tema. El presidente reconoció que la ley «viola la Constitución Política de la República y convenciones internacionales de las cuales Guatemala ha sido signataria». Por lo anterior, aseguró que su Gobierno «no puede estar de acuerdo con ella». En ese sentido, Giammattei pidió al Congreso archivar la ley; es decir, no enviarla para su promulgación. Asimismo, aseguró que en caso de que el Congreso le enviara, la ley sería vetada.

Presidente de Guatemala Alejandro Giammattei vetará la ley 5272
Posicionamiento de Alejandro Giammattei sobre la ley 5272 / Foto: Twitter (@DrGiammattei)

Tras el escándalo internacional que hizo recular al presidente, también conservador, el Congreso de Guatemala se vio obligado a no enviar para su promulgación la ley 5272, ahora Decreto 18-2022. El 16 de marzo de 2022 se emitieron 119 votos a favor de que la ley sea archivada. De este modo, no entrará en vigor. Sin embargo, es importante analizar su contenido para entender cómo el pensamiento LGBTfóbico de los legisladores amenaza los derechos de la comunidad en Guatemala.

Ley 52 72 prohibe matrimonio igualitario y edicación sexual en Guatemala
La ley 5272 ponía en riesgo los derechos de las mujeres, personas gestantes e integrantes de la comunidad LGBT+. / Foto: El Sancarlista

Contra los derechos de las personas gestantes

Sin duda, el aspecto más criticado de la iniciativa era la penalización del aborto en prácticamente todos los escenarios. Las modificaciones aprobadas al Código Civil de Guatemala establecían penas de entre 5 y 25 años para quienes interrumpieran su embarazo. Incluso quienes sufrieran de un aborto espontáneo podían considerarse sospechosas de un delito. La ley mencionaba que en sería necesario que un médico certificara que el aborto fue involuntario.

Si bien la atención de este aspecto de la ley 52772 se focalizaba en las afectaciones a los derechos de las mujeres, esto también habría perjudicado a personas LGBT+ de Guatemala. Cabe recordar que además de las mujeres lesbianas y bisexuales, los hombres trans y las personas no binarias también tienen capacidad de gestar. Con la aprobación de esta ley, dichas poblaciones también perderían la capacidad de decidir sobre su cuerpo.

Prohibición del matrimonio igualitario

Por otro lado, la ley 5272 también prohibía el matrimonio igualitario. «Se prohíbe expresamente el matrimonio entre personas del mismo sexo», mencionaba el artículo 16 del citado ordenamiento.

En el mismo sentido, la ley 5272 desconocía la existencia de familias LGBT+ en Guatemala. En su primer artículo, la ley establecía que su objetivo consiste en «proteger la vida, la familia y la institución del matrimonio entre hombre y mujer». Asimismo, en su artículo 2 incluía un glosario en el que definía familia como la «agrupación formada por el padre, la madre y los hijos que conviven con ellos o que se encuentran bajo su potestad».

Además de prohibir el matrimonio igualitario, la ley 5272 impedía la adopción homoparental o lesbomaternal. El artículo 14 establecía que, a falta del padre o la madre del menor, el Estado debería darlo en adopción a una pareja conformada por un hombre y una mujer.

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Pin parental: prohibición de la educación sexual en las escuelas

La ley 5272 también prohibía la educación sexual y la enseñanza de temas relacionados con la comunidad LGBT+ en las escuelas públicas de Guatemala. El artículo 15 establecía a la letra que:

«Se prohíbe a las entidades educativas públicas y privadas, promover en la niñez y adolescencia políticas o programas relativos a la diversidad sexual y la ideología de género o enseñar como normales las conductas sexuales distintas a la heterosexualidad o que sean incompatibles con los aspectos biológicos y genéticos del ser humano».

Este artículo de la ley 5272 prácticamente instauraba un pin parental en Guatemala, pues mencionaba que la educación sobre temas relacionados con la sexualidad es facultad exclusiva de los padres de familia. Esta medida no solo perjudicaba a la comunidad LGBT+, sino a todas las infancias y juventudes en general, quienes podrían quedarse sin información sobre métodos de planificación familiar y prevención de infecciones de transmisión sexual.

Permitía el discurso de odio LGBTfóbico

A la par de la prohibición de la educación sexual, la ley 5272 también legalizaba el discurso de odio contra las personas LGBT+. «Ninguna persona podrá ser perseguida penalmente por no aceptar como normal la diversidad sexual o la ideología de género», mencionaba el artículo 18. A su vez, el artículo 2 estigmatizaba la diversidad sexual:

«Diversidad sexual [es] el conjunto de pensamientos, tendencias y prácticas por las que determinados grupos de la sociedad adoptan una conducta sexual distinta a la heterosexualidad e incompatible con los aspectos biológicos y genéticos del ser humano».

Por si fuera poco, la ley 5272 también censuraba a quien se opusiera a ella en Guatemala. Establecía sanciones para quienes se pronunciaran a favor del aborto. Además, obligaba a los funcionarios que representen al país a pronunciarse de acuerdo con las disposiciones anteriores. CONOCE LA DIFERENCIA ENTRE LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y DISCURSO DE ODIO.

La ley 5272 finalmente no entrará en vigor, pero es terrorífico pensar cómo el Congreso, que supuestamente representa a todas las personas de Guatemala, pudo aprobar una ley tan misógina y homofóbica.

Con información de BBC y Prensa Libre

Edgar Ulises
Edgar Ulises
Hago periodismo y comunicación política. Sigo la actividad legislativa: ahí nos representan o nos joden. El cambio está en los movimientos sociales.

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